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La presidencia del Congreso ha remitido un oficio al Tribunal Supremo para que certifique la decisión de imponer prisión preventiva al exministro socialista de Transportes José Luis Ábalos.
Este paso supone el inicio formal del procedimiento para suspenderlo como diputado, en aplicación del artículo 21.2 del Reglamento de la Cámara, que establece la suspensión automática cuando un parlamentario, con suplicatorio concedido, se encuentra en situación de prisión preventiva. Aunque Ábalos no dispone aún de un auto de procesamiento firme, el Congreso interpreta que el procedimiento abreviado y la interlocutoria judicial equivalen a una decisión firme a efectos reglamentarios.
Una vez la Mesa del Congreso, confirme la suspensión, Ábalos dejará de votar y de participar en cualquier actividad parlamentaria, además de perder su retribución. No obstante, conservará el acta al tratarse de un cargo estrictamente personal mientras no presente renuncia.
Fuentes de la presidencia del Congreso señalan que, pese a que la Cámara pasará a tener 349 diputados en activo, la mayoría absoluta seguirá fijada en 176 escaños, tal como determina el reglamento.
La suspensión impacta de lleno en la aritmética parlamentaria del Gobierno. Ábalos, integrado en el Grupo Mixto tras su expulsión del PSOE, solía votar alineado con sus antiguos compañeros. Con su salida efectiva del juego parlamentario, el PSOE pierde un apoyo que resultaba decisivo en votaciones ajustadas cuando Junts optaba por la abstención.
Hasta ahora, PSOE, Sumar, ERC, Bildu, PNB, Podemos, BNG, Compromís y CC sumaban 172 diputados frente a los 171 que reúnen PP, Vox y UPN. Esto permitía que, en escenarios en los que Junts no se oponía y se abstenía, el Ejecutivo mantuviera ventaja con un ajustado 172 a 171.
Sin Ábalos, una abstención de Junts desemboca en un empate a 171. En caso de empate, el Congreso repite la votación y, si persiste por tercera vez, la iniciativa sometida a decisión queda automáticamente desestimada.