Categoría
Catalunya
Título
El fiscal asegura que la investigación contra los Pujol no tiene motivaciones políticas y garantiza sus derechos
Subtítulo
Fernando Bermejo defiende la competencia de la AN y afirma que los delitos no están prescritos
Autores
ACN

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El fiscal del caso Pujol Fernando Bermejo.
El fiscal del caso Pujol Fernando Bermejo.
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El fiscal anticorrupción de la Audiencia Nacional, Fernando Bermejo, aseguró este miércoles, durante la tercera sesión del juicio contra la familia Pujol, que la investigación judicial no tiene ninguna motivación política ni "espuria". 

El fiscal solicitó la inadmisión de las cuestiones previas planteadas por las defensas y defendió la plena legalidad de la larga investigación. 

Bermejo afirmó que la investigación tiene un origen legal, a partir de la denuncia policial de la expareja de Jordi Pujol Ferrusola, que se han garantizado los derechos de los investigados en todo momento y que ninguno de los delitos está prescrito. También aseguró que el hecho de que el blanqueo de capitales se cometiera en el extranjero hace que la Audiencia Nacional sea competente para juzgarlos.

En una intervención de unos 50 minutos, en la que respondió a la quincena de defensas que intervinieron los dos primeros días del juicio, Bermejo agrupó las cuestiones previas por temáticas y aseguró que no respondería a las "cuestiones de fondo" planteadas por los letrados contrarios.

El fiscal afirmó que la investigación judicial no ha tenido ninguna intencionalidad política, sino únicamente la persecución de delitos económicos. Alegó que "nadie obligó a Victoria Álvarez a declarar", que tampoco se obligó al diario El Mundo a publicar informaciones sobre las cuentas de Pujol en Andorra ni sobre la posterior confesión del expresidente. Así, descartó mencionar al excomisario José Manuel Villarejo.

"Respecto a la Operación Catalunya, lo que no consta, no se conoce, y no se pueden introducir cuestiones políticas en un asunto procesal y jurídico" sobre delitos económicos, dijo. Aseguró que no se han manipulado pruebas "con fines espurios" y que "han sido obtenidas con pleno respeto a los derechos de los acusados".

En este punto, llegó a citar la sentencia del Tribunal Supremo sobre el 'procés' para subrayar que no se pueden "convertir las legítimas actuaciones del Estado en actos represivos para subyugar al pueblo". Por ello, pidió al tribunal que "no valore supuestas maniobras o irregularidades ajenas a los hechos juzgados y a las pruebas". "Se ha pretendido convertir rumores políticos en causas de nulidad", lamentó. Pero "ningún tribunal puede admitir que hipótesis no acreditadas sustituyan requisitos estrictos y tasados de nulidad procesal", concluyó.

Al inicio, aseguró que la Audiencia Nacional es competente para celebrar el juicio, ya que los delitos se cometieron parcialmente en el extranjero, sobre todo en Andorra, pero también en Mónaco, Panamá, Gran Bretaña o Suiza. Los fondos blanqueados tenían origen en el extranjero y se movían entre cuentas y sociedades radicadas fuera de España para ocultarlos a Hacienda. Por ello, considera que la AN es plenamente competente para juzgarlos, y no la Audiencia de Barcelona, como alegaban la mayoría de las defensas.

A continuación, defendió la licitud del inicio de la investigación, desvinculándola de una supuesta 'Operación Catalunya' en Andorra contra el independentismo y la familia Pujol. Bermejo situó el inicio en una declaración policial de la expareja de Jordi Pujol Ferrusola, Victoria Álvarez, que explicó que el hijo mayor del expresidente introducía grandes cantidades de dinero en efectivo en el Principado de Andorra. También señaló que la declaración se ratificó judicialmente, aportando "indicios de una operativa económica orientada a la ocultación patrimonial", confirmados además con consultas a los datos de la Agencia Tributaria. 

Respecto a la portada del diario El Mundo de julio de 2014, que apuntaba a cuentas bancarias en Andorra de la familia Pujol, el fiscal señaló que aquello solo fue información periodística, mientras que la investigación judicial ya se había iniciado, recibiendo un impulso días después con la confesión pública del expresidente.

Por ello, aseguró que no existe una "investigación prospectiva", como alegaban las defensas, que la Udef de la Policía Nacional "ha actuado siempre bajo control judicial" y que toda la investigación del magistrado instructor José de la Mata ha sido ratificada paso a paso y posteriormente por la sala penal de la Audiencia Nacional.

El inicio de la investigación también sirve para determinar si los delitos están prescritos. Para el fiscal, el plazo de prescripción lo marca el delito más grave, en este caso el blanqueo, y se interrumpe cuando se dirige la investigación contra el investigado. 

El plazo no comienza con la fecha de la factura supuestamente falsificada, sino cuando esta produce su efecto posterior, que es lo que causa el delito. La falsedad documental no puede aislarse como delito, sino que fue "instrumental" para cometer otros delitos, como el fraude fiscal o el blanqueo. Así, también aseguró que el inicio del plazo de prescripción es cuando termina la actividad delictiva o cuando esta se descubre, y no cuando se inicia el delito. La falsedad formó parte del "circuito" delictivo, según Bermejo, que se extendió de 1992 a 2011.

Asimismo, negó que se haya practicado diligencia judicial alguna fuera de los plazos de instrucción o de sus prórrogas. Según el fiscal, la consumación del delito no cesó hasta que se descubrió en 2012, y aseguró que incluso tras iniciar el procedimiento judicial en 2014, se movieron fondos bancarios para ocultarlos, por lo que se acusa a Jordi Pujol Ferrusola y a su expareja por frustración de la ejecución.

Varios abogados defensores alegaron que los escritos de acusación no concretaban la actividad delictiva previa al blanqueo de capitales, pero el fiscal aseguró que no es necesario detallarla, ya que basta comprobar que sin esa actividad no habría existido posteriormente el blanqueo de los fondos obtenidos fraudulentamente.