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Diari de Tarragona
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El Gobierno ha publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) los dos reales decretos con los que articula su primera respuesta pública a las consecuencias de la guerra en Oriente Próximo, que entran en vigor este domingo, 22 de marzo.
El primer decreto incluye medidas valoradas en unos 5.000 millones de euros, principalmente mediante rebajas fiscales en el ámbito energético. El segundo se centra exclusivamente en la vivienda y el mercado del alquiler, con dos objetivos principales: congelar los contratos a punto de vencer y establecer un tope del 2 % a las actualizaciones anuales de la renta.
No obstante, el alcance real de esta protección depende todavía de la aprobación del Congreso. Las medidas, reclamadas por Sumar y otros socios de izquierdas del Gobierno, se han incluido en un decreto propio ante el temor del PSOE a que la norma pueda ser rechazada, dada la oposición de formaciones como Junts, PP y Vox, y las dudas del PNV. "Sumar presionó al PSOE hasta el último momento de la negociación", señala el BOE, y finalmente se logró articular la protección en un decreto que ahora debe superar el trámite parlamentario.
El decreto responde a un contexto de crisis inmobiliaria que podría agravarse por la inflación, con el objetivo de que el coste del alquiler y los suministros básicos no supere el 30 % de los ingresos medios de los hogares, algo que ya sucede en muchas zonas tensionadas de España.
La prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler de vivienda habitual podrá solicitarse para aquellos contratos vigentes cuya finalización esté prevista antes del 31 de diciembre de 2027, con una duración máxima de dos años adicionales.
Durante este período se mantendrán las condiciones del contrato, y el arrendador estará obligado a aceptarlas salvo en determinados supuestos legales, como la necesidad de recuperar la vivienda o un acuerdo entre ambas partes para un nuevo contrato con renta inferior.
Además, el decreto fija una limitación extraordinaria a la actualización anual de la renta: hasta el 31 de diciembre de 2027, el incremento del alquiler no podrá superar el 2% en ausencia de acuerdo entre las partes.
En el caso de grandes tenedores —más de 10 viviendas—, este límite se aplicará en todo caso, con o sin pacto con el arrendatario.
Los contratos firmados antes de 2024 están generalmente indexados al IPC, lo que permitía revisiones de la renta conforme a la inflación. El nuevo mecanismo limita esas actualizaciones para evitar incrementos desproporcionados si la guerra en Oriente Próximo se prolonga, como ocurrió en 2022, cuando algunas revisiones podrían haber superado el 10 %. La salvaguarda también se aplicará a los contratos posteriores a 2024, cuyo índice impide grandes encarecimientos, aunque en los últimos meses se situaba ligeramente por encima del 2 %.
Según el BOE, la situación económica derivada de la guerra requiere una respuesta inmediata para proteger a los hogares, especialmente a los inquilinos. El decreto recuerda que este año caducan miles de contratos en un mercado con precios muy elevados y subraya que estas medidas compensan la negativa de algunas comunidades autónomas a declarar zonas de mercado tensionado, lo que impide aplicar los controles de precios previstos en la ley de vivienda de 2023.