Categoría
Catalunya
Antetítulo
Tribunales
Título
El TSJC anula parte del 'decreto del catalán' en la escuela, pero para el Govern no cambia nada
Subtítulo
El tribunal considera que los artículos anulados vulneraban los derechos constitucionales al imponer el catalán como única lengua vehicular en las escuelas
Autores
Bàrbara Batalla

EFE

ACN

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Imagen de archivo de una escuela
Imagen de archivo de una escuela
Artículo

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado este lunes la ejecución provisional de la sentencia de septiembre de 2025 que anuló parcial o totalmente varios artículos del Decreto 91/2024, norma impulsada por la Generalitat para blindar el catalán como lengua vehicular en la enseñanza pública y concertada catalana.

La decisión del alto tribunal, adoptada a raíz del recurso contencioso-administrativo presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB), implica que mientras el Tribunal Supremo resuelve los recursos de casación interpuestos contra esa sentencia, los preceptos declarados nulos quedan sin aplicación y no pueden ser aplicados en los centros educativos. 

La sentencia datada del pasado 8 de septiembre, anulaba los artículos: 2, 4, 6, 7, 9, 10, 18, 19, 24, 33 i 34 del decreto de la Generalitat del 2024

Artículos anulados y consecuencias

La sentencia original del TSJC, de 8 de septiembre de 2025, dejó sin efecto 14 preceptos del decreto aprobado por el Govern en mayo de 2024 bajo la presidencia de Pere Aragonès (ERC), dos días después de las elecciones autonómicas. Entre ellos estaban los apartados que imponían que el catalán fuera la lengua única vehicular y de aprendizaje, estructurando en esa clave los proyectos lingüísticos de los centros escolares.

El tribunal concluyó que esas disposiciones contravenían los artículos 3, 14 y 27 de la Constitución Española, al no garantizar de manera adecuada la presencia del castellano como otra lengua oficial del sistema educativo, lo que vulneraba los principios de igualdad, no discriminación y derecho a la educación en condiciones de equidad para todo el alumnado.

AEB: “El modelo monolingüe carece de cobertura legal”

La Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña, presidida por Ana Losada, ha celebrado la decisión judicial y ha afirmado que el auto del TSJC “confirma que el núcleo del modelo lingüístico vigente, basado en la exclusión del castellano como lengua de enseñanza, carece actualmente de cobertura legal”. Asimismo, la asociación ha señalado que la ejecución provisional puede dejar sin efecto sanciones o expedientes abiertos por el uso del castellano en las aulas sin autorización previa.

Respuesta del Govern y repercusiones

Desde el Ejecutivo catalán se había defendido previamente que la norma proporcionaba seguridad jurídica a los centros y que su objetivo era reforzar la presencia del catalán sin vulnerar derechos fundamentales. Además, el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya ya había suspendido cautelarmente la aplicación del decreto en julio de 2024 tras un primer recurso de la AEB.

Tras la sentencia de septiembre de 2025, la Generalitat presentó recurso ante el Tribunal Supremo contra la anulación de los preceptos. Con la reciente decisión del TSJC, esa impugnación continúa su curso en el alto tribunal, que será el encargado de decidir en última instancia sobre el fondo de la cuestión.